Asesoría & Gestión Inmobiliaria


Arriendo de inmuebles amoblados deben pagar iva

30.09.2014 19:12

Si usted arrienda alguna propiedad habitacional que esté amoblada, debe declarar y pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) por los ingresos percibidos, de acuerdo a lo establecido en la letra g) del artículo 8 del D.L.nº825, de 1974, sobre Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios.

Ver documento pdf adjunto:

 arriendo_inmuebles_amoblados_pagan_ iva_Integridad propiedades.pdf (485112)

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